Preguntas frecuentes
¿Qué es un accidente de trabajo?
Un accidente de trabajo es todo suceso súbito y violento que ocurre durante la jornada laboral o en el trayecto hacia o desde el lugar de trabajo.
¿Qué es la Superintendencia de Riesgo de Trabajo? (más conocida como SRT).
Es el organismo estatal encargado de controlar el cumplimiento de las normas de Salud y Seguridad en el Trabajo en nuestro país.
¿Qué es una enfermedad profesional?
Una enfermedad profesional es aquella producida por causa del lugar o del tipo de trabajo. Existe un Listado de Enfermedades Profesionales en el cual se identifican cuadros clínicos, exposición y actividades en las que suelen producirse estas enfermedades y también agentes de riesgo (factores presentes en los lugares de trabajo y que pueden afectar al ser humano, como por ejemplo las condiciones de temperatura, humedad, iluminación, ventilación, la presencia de ruidos, sustancias químicas, la carga de trabajo, entre otros). Si la enfermedad no se encuentra en el listado y se sospecha que es producida por el trabajo, debe realizar la denuncia ante la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART). Si la ART rechaza la denuncia o deriva al trabajador a la obra social, por considerar que la enfermedad no fue causada por el trabajo, será una Comisión Médica (CM) y la Comisión Médica Central (CMC) las que definirán si se reconoce la enfermedad profesional en ese caso.
¿Cómo sé cuál es mi art?
Lo primero que debe hacer es consultarle a tu empleador cual es la aseguradora que tiene contratada. También podes consultar el portal web https://www.srt.gob.ar/arg/art_busqueda_art_2.php.
¿Cuál es el plazo para denunciar un accidente de trabajo ante la ART?
El plazo máximo es de dos (2) años desde la ocurrencia del hecho. No obstante recomendamos realizar la denuncia inmediatamente de ocurrido el siniestro.
¿Si trabajo en negro tengo ART?
En principio no contas con cobertura para accidentes y/o enfermedades del trabajo. No obstante si tus compañeros de trabajo SI están registrado, podes reclamarle a la asegurada que contrató el empleador para ellos. Para más información consúltanos.
¿Qué es Accidente In Itinere?
Es aquel que ocurre en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo. Este trayecto debe ser normal y habitual efectuado en circunstancias y en oportunidad próximas a la hora de ingreso a la ida y de regreso a la vuelta.
¿Quién puede denunciar un accidente o enfermedad laboral?
El principal obligado a realizar la denuncia del accidente o enfermedad profesional es el empleador contando con una plazo de 72 horas a partir de la toma de conocimiento. Asimismo, el trabajador o un familiar del mismo puede realizar la denuncia sea por vía telefónica o telegrama.
¿Qué es una aseguradora de riesgo de trabajo?
Una aseguradora de riesgos de trabajo, más comúnmente conocidas como “ART” es una empresa cuyo objeto es brindar cobertura a los trabajadores frente a los riesgos derivados de su actividad laboral, como accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Su función principal es gestionar y financiar los servicios médicos, prestaciones y compensaciones económicas en caso de que un trabajador sufra un accidente laboral o contraiga una enfermedad laboral.
¿Cuál es el plazo para denunciar una enfermedad profesional ante la ART?
El plazo máximo es de dos (2) años a contar desde la toma de conocimiento de esta.
¿Qué son las prestaciones en especie?
Son los servicios que se brindan al trabajador en caso de sufrir un accidente de trabajo o una enfermedad profesional; orientadas a la recuperación y rehabilitación del trabajador damnificado. Las principales son: atención médica integral, consultas con especialistas, estudios médicos, tratamientos, medicamentos, prótesis, etc.
¿Qué son las prestaciones dinerarias?
Es la suma de dinero que la ART abona al trabajador damnificado en un pago único. Existen diferentes categóricas:
- INCAPACIDAD LABORAL TEMPORARIA: prestación que se otorga cuando el trabajador queda temporalmente incapacitado para trabajar debido a un accidente laboral o enfermedad profesional. Durante este período, el trabajador recibe un pago que reemplaza su salario.
- INCAPACIDAD PERMANENTE PARCIAL: prestación que se otorga cuando el trabajador padece una incapacidad permanente para trabajar debido a un accidente laboral o enfermedad profesional.
¿Qué debe hacer la ART a partir de la recepción de la denuncia?
Debe tomar los recaudos necesarios para otorgar en forma inmediata toda la asistencia médica, farmacológica, prótesis, órtesis o rehabilitación que sean necesarias, sin límites y en forma totalmente gratuita. Además debe reintegrar el costo del traslado en transporte público, hacia y desde el prestador médico. En caso de necesitar otro tipo de traslado, el mismo debe ser indicado por el médico tratante y cubierto obligatoriamente por la ART.
¿Me tiene que pagar el traslado la ART durante el tratamiento?
La ART debe facilitarle el traslado al trabajador damnificado desde su domicilio hasta el prestador médico (ida y vuelta). En caso de viajar por transporte público debe abonar el costo del pasaje. Además, frente a la imposibilidad de viajar por este medio debe poner a disposición el traslado adecuado. Para el reintegro de los gatos realizados debe presentar los comprobantes del traslado ante la ART. En caso de no reintegrarlo se puede iniciar una acción ante la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.
¿Qué significa que la ART me otorgó el alta?
Quiere decir que finalizó el tratamiento médico que estaba en curso, es importante consultar con nosotros las condiciones del “alta” otorgada.
¿Qué hago si me dieron de ALTA y no estoy en condiciones de reintegrarme a prestar tareas?
En primer lugar, comunícale a tu empleador la situación para que el mismo solicite el reingreso a tratamiento, sino lo hace lo puede solicitar usted mismo con nuestro asesoramiento.
¿Qué debo hacer si estoy disconforme con el tratamiento médico de la ART?
Si está en disconformidad con el tratamiento otorgado podrá acudir a la Comisión Médica correspondiente a su domicilio para iniciar un trámite de Divergencia en Prestaciones Médicas. Para ello deberá presentar un certificado médico en donde el profesional tratante indique o sugiera el tratamiento médico adecuado. Al momento de iniciar el trámite se lo derivará en forma inmediata a un profesional médico de la Comisión Médica para su evaluación, y pueden darse dos situaciones: a. Cuando de la evaluación, de la revisión clínica y a criterio del médico interviniente, se encuentren dadas las condiciones para resolver, se procederá a emitir dictamen médico, el que será notificado a las partes. b. Cuando de la evaluación, de la revisación clínica y a criterio del médico interviniente surgiera que no es posible emitir un dictamen, se efectuará un requerimiento a la ART quien deberá remitir el Informe del Caso dentro de los cinco (5) días hábiles de haber recibido el Expediente SRT.
Una vez dado de alta, ¿qué debo hacer si estoy en desacuerdo?
Si la disconformidad es con el Alta Médica otorgada podrá presentarse en la Comisión Médica correspondiente a su domicilio para iniciar un trámite de Divergencia en el Alta hasta el quinto día hábil de otorgada la misma. Este trámite es de demanda espontánea, por lo tanto la evaluación médica se llevará a cabo el mismo día que se presente a iniciar el trámite.En caso de estar imposibilitado para concurrir a trabajar a pesar de tener el alta médica, informe al empleador la situación y justifique con certificado médico los días de ausencia al trabajo hasta que la Comisión Médica dictamine por su caso.
¿Me pagan el aguinaldo si estoy por ART?
Si, corresponde que te abonen la parte proporcional del Sueldo Anual Complementario.
¿Cuáles son las enfermedades laborales más frecuentes)
- Lumbalgias.
- Tendinitis.
Síndrome del túnel carpiano. - Epicondilitis.
- Omalgia.
¿Qué plazo tiene el empleador para pagarme el sueldo?
Para los trabajadores mensualizados el salario debe ser pagado dentro de los primeros cinco (5) días hábiles del mes siguiente al período trabajado.
¿Cuándo se paga el aguinaldo?
El sueldo anual complementario será abonado en dos cuotas: la primera de ellas el 30 de junio y la segunda el 18 de diciembre de cada año.
¿Cuántos días de vacaciones me corresponden?
Para calcular las vacaciones es necesario tener en cuenta la cantidad de tiempo que lleva en el trabajo. La persona deberá haber prestado servicios, como mínimo, durante la mitad de los días hábiles en el año calendario. Una vez cumplidos los seis meses podrá gozar de 14 días corridos de vacaciones.
Tiempo de trabajo menor a la mitad de los días hábiles en el año: un (1) día de descanso por cada 20 días trabajados.
Antigüedad no pase de cinco (5) años: 14 días corridos.
Antigüedad mayor de cinco (5) años y no pase de diez (10): 21 días corridos.
Antigüedad sea mayor de diez (10) años y no pase de veinte (20): 28 días corridos
Cuando la antigüedad sea mayor a 20 años: 35 días corridos.
¿Pueden comenzar un día feriado mis vacaciones?
Las vacaciones siempre deben iniciar un día lunes o el siguiente hábil cuando el lunes fuese feriado.
¿Son pagas las vacaciones? ¿Cuándo me la deben abonar?
Si, el empleador debe abonar antes del comienzo de éstas.
¿Debo notificar a mi empleador si estoy embarazada?
Si, debe presentar a su empleador el certificado médico informando el embarazo, con la “fecha probable de parto”, ello te otorgará una protección contra el despido discriminatorio.
¿Cuántos días de licencia por maternidad me corresponden?
La trabajadora tiene derecho a tener licencia por maternidad durante 90 días corridos. Pudiéndose tomar cuarenta y cinco (45) días anteriores al parto y hasta cuarenta y cinco (45) días después del mismo. Asimismo, podrá optar por que se le reduzca la licencia anterior al parto, que en tal caso no podrá ser inferior a diez (10) días; el resto del período total de licencia se acumulará al período de descanso posterior al parto. En caso de nacimiento pretérmino se acumulará al descanso posterior todo el lapso de licencia que no se hubiere gozado antes del parto, de modo de completar los noventa (90) días.
¿Debo notificar a mi empleador si estoy embarazada?
Si, debe presentar a su empleador el certificado médico informando el embarazo, con la “fecha probable de parto”, ello te otorgará una protección contra el despido discriminatorio.
¿Debo notificar a mi empleador si estoy embarazada?
Si, debe presentar a su empleador el certificado médico informando el embarazo, con la “fecha probable de parto”, ello te otorgará una protección contra el despido discriminatorio.
¿Cuántos días de licencia me corresponde por casamiento?
Diez (10) días corridos, es de suma importancia notificar al empleador con anterioridad.
¿Cuántos días de licencia me corresponden por el nacimiento de mi hijo?
Dos (2) días corridos. Deberá acreditar al empleador el nacimiento.
¿Cuántos días de licencia me corresponde por accidentes o enfermedades inculpables?
El plazo de licencia paga por enfermedad varía según la antigüedad y cargas de familia del trabajador. A) Menos de 5 años de antigüedad el máximo de licencia es de 3 meses que se duplica a 6 meses si el trabajador tiene cargas de familia. B) Más de 5 años de antigüedad el máximo pasa a ser de 6 meses y de un año para el que tiene cargas de familia.
¿Debo notificar a mi empleador si estoy embarazada?
Si, debe presentar a su empleador el certificado médico informando el embarazo, con la “fecha probable de parto”, ello te otorgará una protección contra el despido discriminatorio.
¿Cuáles son los principales perjuicios de estar en negro?
- No tener aportes jubilatorios.
- No tener cobertura de obra social.
- No tener protección del sistema ART.
- No percibir asignaciones familiares.
¿Qué rubros me corresponden si renuncio a mi trabajo?
En caso de renuncia el empleador deberá abonarte los días trabajados hasta la renuncia, el proporcional de vacaciones y aguinaldo.
¿Cuáles son los plazos del preaviso?
Por el trabajador, de 15 días.
Por el empleador, de 15 días cuando el trabajador se encuentre en período de prueba; de 1 mes cuando el trabajador tuviese una antigüedad en el empleo que no exceda de 5 años y de 2 meses cuando fuere superior.
¿Qué pasa si no se otorga el preaviso?
La parte que omita el preaviso o lo otorgue de modo insuficiente deberá abonar a la otra una indemnización sustitutiva equivalente a la remuneración que correspondería al trabajador durante los plazos de otorgamiento del preaviso.
Me suspendieron en el trabajo ¿Qué debo hacer?
Si fuiste apercibido, suspendido, llamado la atención, contas con un plazo de treinta (30) días para cuestionar la sanción aplicada por el empleador, ya sea respecto a su procedencia o a su extensión. Es muy importante que hagas tu descargo dentro de este plazo, de lo contrario la sanción se considerará consentida.
¿Debo notificar a mi empleador si estoy embarazada?
Si, debe presentar a su empleador el certificado médico informando el embarazo, con la “fecha probable de parto”, ello te otorgará una protección contra el despido discriminatorio.
Me prohibieron el ingreso al trabajo ¿Qué hago?
El empleador tiene la obligación de otorgarle tareas efectivas al trabajador, en caso de que no le permitan ingresar a trabajar lo que corresponde es cursar una telegrama laboral solicitando que se aclare la situación.
¿Qué significa que un despido sea con causa?
El empleador pone fin al contrato de trabajo invocando una causal imputable al trabajador que (en teoría) imposibilita la prosecución de la relación laboral Si estás frente a esta situación te recomendamos consultarnos para un mejor asesoramiento.
¿Qué es la indemnización por antigüedad?
Cuando el trabajador fue despedido sin justa causa o por causas imputables al empleador (despido indirecto) tiene derecho a percibir una indemnización equivalente a 1 mes de sueldo por cada año de trabajo o fracción mayor de 3 meses.
¿Qué es el seguro de desempleo?
Es una herramienta a través de la cual se propone contrarrestar la caída abrupta de ingresos generada por la pérdida involuntaria del empleo, reducir el riesgo al desaliento y ayudar a la búsqueda y selección de un nuevo trabajo.
¿A quién está dirigido el seguro de desempleo?
Está dirigido a los trabajadores asalariados registrados, legalmente despedidos “sin justa causa” o “por fuerza mayor”, o bien que hayan perdido su trabajo por quiebre de la empresa en la que trabajaban.
¿Qué plazo tengo para iniciar el seguro de desempleo?
El plazo para iniciar el trámite es de 90 días hábiles desde que finaliza la relación laboral.
Tuve un accidente… ¿qué hago?
- Si puede haber indicios de que alguna persona está lesionada, lo primero que debes hacer es llamar al 911 solicitando que envíen una ambulancia.
Asimismo, es importante que realices una atención médica para que constante en las posibles lesiones que te provocó el accidente. - Recaba información sobre las personas que participaron en el siniestro, en lo posible:
- Foto del DNI (ambos lados).
- Foto de licencia de conducir.
- Foto de identificación del vehículo.
- Patente
- Póliza de seguro.
- Fotos de los vehículos (moto, auto, camión) dañados en lo posible que se vea la patente.
- Número de celular.
- Datos de testigos del hecho (DNI, dirección, teléfono).
- Denunciar ante tu aseguradora
- Debes denunciar el hecho ante tu compañía de seguro contratada dentro de las 72 horas desde que ocurrió. Te recomendamos que antes de hacerlo te comuniques con nosotros para que podamos asesorarte al respecto, es importante denunciar bien.
- ¿Qué hago si quien me choca se fuga?
- Trata de conseguir testigos del hecho que puedan darte alguna información sobre el auto que te chocó para que puedas hacer el reclamo por los daños.
- ¿Tengo que ir a declarar a la policía después del accidente de tránsito?
- Sólo cuando la policía te lo pide.
- ¿Si no tenía pago el seguro de mi auto la empresa de seguro igual me cubre?
- No. Si no pagás la prima tu seguro no está vigente la aseguradora no cubre los daños del accidente de tránsito.
- Me chocaron pero yo no tenía pago el seguro de mi moto/auto. ¿Puedo reclamar igual?
- Si, en el caso de no tener la culpa del siniestro.
- Me chocaron pero no tenía carnet. ¿puedo reclamarle a la otra parte?
- Si, en el caso de no tener la culpa del siniestro.
- ¿Cuál es el plazo que tengo para reclamar los daños de un accidente?
- Tres años como máximo, no obstante lo asesoramos en que lo haga a la mayor brevedad posible.
- ¿Los acompañantes pueden reclamar los daños sufridos en un accidente?
- Si ibas como acompañante (terceros transportados) de un auto o moto que fue parte de un siniestro podrás reclamar por indemnizaciones por lesiones a todos los conductores (y aseguradoras).